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The original item was published from 5/8/2017 1:22:00 PM to 9/9/2017 12:05:00 PM.

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Noticias del Secretario del Condado

Posted on: May 4, 2017

[ARCHIVED] Credenciales y registro de vendedor ambulante

La primavera es la época de flores, clima cálido, y de vendedores ambulantes que se presentan a su puerta. Los vendedores que solicitan compras o que toman pedidos de articulos o servicios de puerta en puerta, se les requiere que cumplan con las ordenanzas aprobadas por la Junta del Condado  cuando trabajan en áreas no incorporadas del Condado de Lake. 

Cada vendedor debe:

  • Presentarse y registrarse anualmente con nuestra oficina. El registro es gratuito.
  • Trabajar solamente durante las horas de 11 a.m. a 7 p.m.
  • Poseer su propio Certificado de Registro el cual muestre su nombre, nombre del empleador, nombre del fabricante, tipo de negocio, y un sello en relieve
  • Observar los letreros de “No Solicitation” (no solicitación)
  • Respetar las peticiones del dueño de casa si le pide que se retire

Los residentes deben pedir ver el certificado del vendedor y reportar cualquier violación a la oficina del Alguacil del Condado de Lake (847-549-5200) donde se encargarán de aplicar multas y sanciones.

 Esta ordenanza soló aplica a las áreas no incorporadas del Condado de Lake y proporciona exenciones a grupos religiosos, candidatos, y a menores de edad (menores de 18 años) que participan en actividades para recaudar fondos. Si usted vive dentro de los límites municipales o de los limites aldeanos, verifique con sus oficiales locales cuáles son las ordenanzas que rigen en su área.

Solicitud e información para vendedores
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